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Doctrina jurisprudencial 1

Procesos Laborales

Paul Paredes


Clase 09a, 2024

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Clase 9a

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Plan de la clase

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Plan de la clase

Interés casacional

La doctrina jurisprudencial

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Interés casacional

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Interés casacional

Art. 36, 2, f), NLPT

La sentencia de segunda instancia confirma la de primera instancia. No obstante, procederá el recurso si presenta interés casacional que se produce cuando la resolución recurrida se oponga a la doctrina jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia de la República, o cuando resuelva puntos y cuestiones sobre los que exista jurisprudencia contradictoria de las salas laborales superiores.

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Interés casacional

Artículo 477. Motivo del recurso de casación y resoluciones recurribles en casación. LEC Real Decreto-ley 5/2023 29/07/2023

3.Se considerará que un recurso presenta interés casacional cuando la resolución recurrida se oponga a doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo o resuelva puntos y cuestiones sobre los que exista jurisprudencia contradictoria de las Audiencias Provinciales o aplique normas sobre las que no existiese doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo.

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Interés casacional

La res. recurrida se opone a la doctrina jurisprudencial de la CS

Resuelve puntos y cuestiones sobre los que existe jurisprudencia contradictoria de las salas laborales

¿O aplique normas sobre las que no existiese doctrina jurisprudencial de la CS?

¿Solo si la sentencia de segunda instancia confirma la de primera instancia?

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Interés casacional notorio

Artículo 477. Motivo del recurso de casación y resoluciones recurribles en casación. LEC Real Decreto-ley 5/2023 29/07/2023

4.La Sala Primera o, en su caso, las Salas de lo Civil y de lo Penal de los Tribunales Superiores de Justicia, podrán apreciar que existe interés casacional notorio cuando la resolución impugnada se haya dictado en un proceso en el que la cuestión litigiosa sea de interés general para la interpretación uniforme de la ley estatal o autonómica. Se entenderá que existe interés general cuando la cuestión afecte potencial o efectivamente a un gran número de situaciones, bien en sí misma o por trascender del caso objeto del proceso.

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Doctrina jurisprudencial

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Doctrina jurisprudencial

Art. 36, 3, NLPT

Excepcionalmente, es procedente el recurso de casación en los supuestos no previstos en el artículo 34, cuando la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la República, discrecionalmente, lo considere necesario para el desarrollo de la doctrina jurisprudencial.

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Doctrina jurisprudencial

Artículo 387. Procedencia excepcional

Excepcionalmente, es procedente el recurso de casación en casos distintos a los previstos en el artículo 386 cuando la Corte Suprema, discrecionalmente, lo considere necesario para el desarrollo de la doctrina jurisprudencial.

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Doctrina jurisprudencial

¿Qué es la doctrina jurisprudencial entonces?

¿En qué se diferencia del precedente?

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Doctrina jurisprudencial

¿Cuándo se construye doctrina jurisprudencial?

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Doctrina jurisprudencial

¿Cómo se construye doctrina jurisprudencial?

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Idea del derecho como:

  1. Fascículos coleccionables

  2. Una novela en cadena (Dworkin, Imperio de la ley)

  3. La construcción y mejora de una ciudad (Atienza)

  4. Como una empresa de navegación (Ihering)

  5. La construcción de una catedral (Nino)

  • El derecho como una práctica social
    • el Derecho no es solo un hecho social, sino un artefacto para cumplir ciertos propósitos (dinámico)
    • una dimensión organizativa o autoritativa y una finalista o axiológica
    • vinculada a valores morales objetivos; una cierta idea de justicia

Doctrina jurisprudencial

Un método

Una memoria

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Análisis de las argumentaciones

Cuestiones procesales Cuestiones de prueba Cuestiones de calificación Cuestiones de aplicabilidad o relevancia Cuestiones de validez Cuestiones de interpretación Cuestiones de discrecionalidad Cuestiones de ponderación

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Evaluación de las argumentaciones

Criterios lógico formales

Universalidad

Coherencia

Adecuación de las consecuencias

Moral racionalmente justificada

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¡Muchas gracias!

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Clase 9a

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