Una perspectiva desde los derechos humanos
31 de marzo de 2025
“1781. Le maître est cru sur son affirmation, Pour la quotité des gages; Pour le paiement du salaire de l’année échue; Et pour les à-comptes donnés pour l’année courante.”
“Al patrón se le cree por su dicho, en cuanto al monto de los salarios; en cuanto al pago del salario del año vencido; y en cuanto a lo que diga haber dado a cuenta por el año corriente”.
Poder y Estado social
Justicia
Igualdad en la distribución
Igualdad en el método
1. Igualdad política
2. Igualdad ante la ley
3. Igualdad en la ley (a través de la ley)
Couture planteó que la razón de ser del Derecho procesal del trabajo era asegurar ciertos resultados mínimos de justicia dentro de la desigual relación del trabajo, y que para lograrlo era necesario establecer la igualdad mediante una desigualdad: la igualdad por compensación.
Pregunta:
¿Qué noción de igualdad daría respaldo a su postura?
La desigualdad económica y social afecta:
Importante
En Lima, en 2022, la duración promedio de un juicio laboral fue de:
Dos perspectivas complementarias:
1. La desigualdad material y la igualdad por compensación
2. La igualdad en el principio dispositivo, con matices
La matriz de derechos humanos (según De Schutter):
Aplicación al proceso laboral:
Tres enfoques para la protección (según De Schutter):
Principios Rectores de la ONU sobre Empresas y Derechos Humanos (2011):
Tipos de discriminación (según De Schutter):
Obligaciones estatales contra la discriminación:
La igualdad por compensación: el procedimiento lógico de corregir las desigualdades es crear otras desigualdades
Dato clave
La igualdad por compensación se posiciona como el fundamento principal de las actuaciones procesales en los conflictos laborales.
Informalidad laboral:
Contratos precarios:
Baja representación colectiva:
Principio dispositivo: vincula al juez a lo alegado y probado por las partes
Pero en el proceso laboral:
DE la igualdad formal de las partes y el juez espectador
→
A la igualdad efectiva de las partes y el juez director
DEL proceso como mecanismo de resolución de conflictos dependiente de la habilidad del abogado
→
AL proceso como solución de conflictos aplicando derecho a los hechos reales
La oralidad como respuesta a los problemas de la igualdad formal:
Oralidad
vs.
Escritura
La oralidad es el símbolo contra la justicia del juez convidado de piedra.
La oralidad no se reduce a “técnicas de litigación oral”.
Artículo I.- Principios del proceso laboral
El proceso laboral se inspira, entre otros, en los principios de inmediación, oralidad, concentración, celeridad, economía procesal y veracidad.
Artículo III (fragmento).- Fundamentos del proceso laboral
En todo proceso laboral los jueces deben evitar que la desigualdad entre las partes afecte el desarrollo o resultado del proceso, para cuyo efecto procuran alcanzar la igualdad real de las partes, privilegian el fondo sobre la forma…
Artículo III (fragmento).- Fundamentos del proceso laboral
Los jueces laborales tienen un rol protagónico en el desarrollo e impulso del proceso. Impiden y sancionan la inconducta contraria a los deberes de veracidad, probidad, lealtad y buena fe de las partes, sus representantes, sus abogados y terceros.
Importante
Un juez activo es esencial para la materialización de la igualdad por compensación.
Artículo IV.- Interpretación y aplicación de las normas
Los jueces laborales, bajo responsabilidad, imparten justicia con arreglo a la Constitución Política del Perú, los tratados internacionales de derechos humanos y la ley. Interpretan y aplican toda norma jurídica, incluyendo los convenios colectivos, según los principios y preceptos constitucionales…
Nota
Los tratados de derechos humanos tienen un rol fundamental en la interpretación del derecho laboral y del proceso laboral.
Preguntas para el debate:
¿Es compatible la búsqueda de celeridad procesal con la igualdad por compensación?
¿Hasta qué punto es legítimo que el juez laboral adopte un rol activo sin comprometer su imparcialidad?
¿Cómo se materializan los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos en el proceso laboral peruano?
¿La carga de la prueba es suficiente para corregir las asimetrías informativas?
¿Cómo afecta la duración actual de los procesos (5+ años) al derecho a la tutela judicial efectiva?